Rechazo al comunicado del Defensor del Pueblo ante la problemática de la erradicación de cultivos denominados de uso ilícito que pone en riesgo a las comunidades campesinas.

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PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO SOBRE LA COMUNICACIÓN EMITIDA POR EL DEFENSOR DEL PUEBLO CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA QUE ESTIGMATIZA Y PONE EN ALTO RIESGO A HOMBRES Y MUJERES LÍDERES DE COMUNIDADES CAMPESINAS AFECTADAS POR LA PRESENCIA DE CULTIVOS DE USO ILÍCITO.

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Desde el inicio del mandato del actual Defensor del Pueblo, Carlos Alfonso Negret Mosquera, ha sido evidente para muchos trabajadores y trabajadoras al interior de la entidad su enorme vacío en el conocimiento y experticia en materia de Derechos Humanos y DIH, el cuál ha sorteado por ejemplo, mediante el uso de medios de comunicación para el manejo de su imagen, cual publireportajes, entre otras sofisticadas estratagemas. Es imperativo poner en conocimiento de la sociedad colombiana que en manos del señor Negret y su Administración, la Defensoría ha sufrido (como nunca antes y desde adentro), el debilitamiento del ejercicio de la magistratura moral y de los procesos misionales mediante los cuales la Defensoría ha acompañado a las comunidades en el ejercicio de exigibilidad de sus derechos.

Hay que reconocer sin embargo, que es justamente al final de su periodo que el Señor Negret ha cometido los más inconcebibles desatinos como Defensor del Pueblo, al arremeter contra las comunidades que está llamado a proteger, en observancia no solo del ordenamiento Constitucional, sino también del Derecho Internacional Humanitario. Esta vez nos referimos al comunicado emitido por el señor Negret el pasado 1 de junio de 2020, en relación con las operaciones de erradicación forzada de los mal denominados cultivos de uso ilícito que, en craso desconocimiento de lo pactado en el Acuerdo Final de Paz y de los derechos del campesinado, se vienen adelantando en diferentes territorios de Colombia.

Ante dicho comunicado, el Sindicato de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo –SINDHEP- manifiesta que como clase trabajadora al interior de la entidad seguimos luchando para que la Defensoría del Pueblo cumpla con su mandato constitucional y desde nuestro ejercicio de defensa de derechos, hacemos un reconocimiento a la labor y a cada una de las expresiones valerosas que las comunidades han asumido para salvaguardar sus derechos; por lo que disentimos y rechazamos vehementemente tal comunicado emitido por el Señor Negret.

Es a toda luz reprochable, el enunciado del comunicado de prensa del Defensor del Pueblo cuando hace alusión a que “actores armados ilegales conminan a los pobladores a movilizarse”, estas afirmaciones estigmatizan y ponen en riesgo a las comunidades campesinas al sugerir nexos con los actores armados, y de igual modo desconoce el poder organizativo y la autonomía del sujeto campesino y de las comunidades rurales. Es igualmente grave, cuando expresa en la misma sentencia que “Dicha economía sostuvo años de conflicto armado y hoy es responsable de su reconfiguración y generación de otras formas de violencia”, desdibuja en su mirada y en el contexto de su enunciación, una noción básica del DIH en un conflicto armado no internacional como es el principio de distinción, y su obligación como Defensor del Pueblo es revestir de protección en observancia del Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra de 1949, al campesinado como parte de la población civil; a estos poderosos argumentos de carácter internacional para defender al pueblo y desde el rol que usted cumple, debe tener claro que el campesinado además de ser el eslabón más débil de la cadena, es la mayor víctima de la guerra antidrogas, y ello le permitiría entender que no es la siembra de la coca la responsable del conflicto ni de las formas de violencia derivadas del narcotráfico.

En el comunicado de prensa, el Defensor del Pueblo arguye que la “producción y
comercialización de drogas ilícitas afecta el goce de derechos de mujeres y campesinos, y genera otras violencias”, esta premisa en sí misma, se relaciona con la fallida política de guerra anti-drogas y omite las razones estructurales que llevaron a esas mujeres y al campesinado colombiano a optar por la siembra de cultivos de uso ilícito en vez de papa o maíz, opción que no se ha superado dada la falta de voluntad política del gobierno y el tibio ejercicio de la magistratura moral del Defensor del Pueblo para exigir el cumplimiento de lo pactado en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en cuanto a los puntos sobre Reforma Rural Integral y Solución al Problema de las Drogas Ilícitas desde sus tres dimensiones: 1) La construcción conjunta con las comunidades, a través de la planeación participativa; 2) La prevención del consumo de drogas, el cual considera que dicho consumo debe entenderse desde un enfoque de salud pública y 3) La solución del fenómeno de producción y comercialización de narcóticos, lo cual incluye comprender el carácter internacional de esta problemática.

Adicionalmente, en dicho comunicado, pierde de vista su rol como Defensor del Pueblo al adoptar una postura gobiernista alejándose de su misión constitucional como ente de control, al ratificar que la “erradicación forzosa es una medida legítima”, sin tener en cuenta los contextos locales y regionales que demuestran el grado de vulnerabilidad de derechos de las poblaciones campesinas y comunidades étnicas, que en su cotidianidad se enfrentan al abandono estatal y a la insignificante progresividad de sus derechos a la Verdad, la Justicia, la Reparación, las Garantías de No Repetición, así como la falta de alternativas sostenibles para la sustitución de cultivos, como posibilidad real para la vida digna de comunidades campesinas, indígenas y negras en perspectiva del buen vivir.

Es inconcebible pues, que la respuesta Estatal sea la erradicación forzada, cuando las comunidades han cumplido con los pactos de sustitución, pero es el gobierno de la guerra que ha desconocido tales pactos, lo que impide entonces que exista algún criterio de “objetividad”, para proceder con la erradicación, tal como lo refiere en sus recomendaciones y menos aún, que “los operativos se realicen en pleno apego a los derechos humanos”, lo cual resulta a todas luces una incongruencia demostrada en las conocidas prácticas gubernamentales sobre este tema. Pero plegarse al Gobierno de Turno es costumbre en esta Administración en distintas actuaciones institucionales, es por ello que exigimos nuevamente que deje de comportarse como un Ministro de Gobierno de los Derechos Humanos y asuma el de manera activa su mandato constitucional como Defensor del Pueblo.

Resulta una paradoja que conmemore el Día del campesino/a en el que “reafirma su compromiso con la defensa y promoción de los derechos de esta población”, sin pronunciarse por ejemplo, ante la abstención del Gobierno de Colombia en la Asamblea General de las Naciones Unidas, cuando se desarrolló la votación para adoptar la Declaración de los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en zonas rurales, y en cambio sí, realice este tipo de pronunciamientos. También es lamentable el silencio de la Defensoría del Pueblo en el debate público frente a la intención del Ejecutivo de reanudar la aspersión aérea con glifosato, considerando que la entidad conoce los impactos nocivos de esta práctica sobre los derechos humanos de las comunidades campesinas, afrocolombianas e indígenas, las afectaciones a la salud, incluyendo cáncer, el daño al ambiente, a la seguridad alimentaria y la producción agropecuaria, así como los desplazamientos forzados masivos y la profundización de la confrontación armada.

La omisión en el ejercicio de sus funciones como Defensor Nacional, también repercuten en la garantía efectiva de la vida, integridad y seguridad personal de los servidores públicos de la entidad, que han asumido en los territorios una férrea defensa de los derechos humanos de las comunidades rurales afectadas y/o vinculadas en labores relacionadas con cultivos declarados ilícitos y que, al carecer de todo apoyo institucional han quedado expuestos ante los actores armados ilegales y legales que hacen presencia en los territorios.

Dado lo expuesto, El Sindicato de Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo – SINDHEP-, exige que su actuación como Defensor Nacional del Pueblo se enmarque dentro de los deberes constitucionales que le han sido asignados a la entidad como órgano de control adscrita al Ministerio Público, pues son las comunidades vulnerables y no el vaivén de los intereses políticos, los que marcan la hoja de ruta de esta Institución Nacional de Derechos Humanos. En consecuencia, no sólo exigimos la rectificación del comunicado de fecha 01 de junio de 2020, también que actúe de manera concreta y real en pro de la defensa de los derechos humanos de las comunidades campesinas, afrocolombianas y pueblos indígenas afectadas por la presencia de cultivos declarados ilícitos en sus territorios, empezando por la exigencia del cumplimiento a cabalidad del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

Bogotá, 11 de junio de 2020.
SINDICATO DE DEFENSORAS Y DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO- SINDHEP

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