SINDHEP EXIGE PROTEGER TRABAJADORES DE LA DEFENSORÍA Y A LA SOCIEDAD POR EL COVID-19
Riesgos por Coronavirus COVID-19
El Sindicato de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo -SINDHEP- ha enviado cuatro comunicaciones al señor Defensor del Pueblo de Colombia, Carlos Alfonso Negret Mosquera, entre el 12 y el 22 de Marzo de 2020, exigiendo que se adopten medidas adecuadas para prevenir graves afectaciones a la vida de los funcionarios y contratistas de la entidad (y sus familias), así como la expansión acelerada del Coronavirus COVID-19 en el país.
En las comunicaciones, se ha llamado la atención sobre varios aspectos relacionados con el riesgo para la salud, tanto de los trabajadores de la Defensoría, como de la población en general: 1) La protección del personal que labora en la institución durante los trayectos desde y hacia sus casas, así como durante su permanencia en las instalaciones.
2) El riesgo excepcional para personas con determinadas condiciones: avanzada edad, enfermedades coronarias, hipertensión, diabetes, cáncer, entre otras.
3) La posibilidad de que las instalaciones de la Defensoría del Pueblo se convirtieran en un foco de propagación del virus, como consecuencia de la concentración de funcionarios, contratistas y usuarios, teniendo en cuenta que muchas de las sedes de la institución (incluido el nivel central) no cuenta ni siquiera con jabón para el lavado de manos, así como situaciones de hacinamiento.
Así las cosas, en comunicación del jueves 12 de Marzo de 2020, se preguntó al Defensor del Pueblo lo siguiente:
«1. ¿Cuáles son las medidas de prevención y protección específicas se han adoptado o adoptarán para la protección de la salud y el derecho a la vida de los trabajadores de la entidad, tanto en el nivel central como en las regiones?
2. ¿Cuáles son las medidas que se adoptarán para proteger a los compañeros que desarrollan trabajo con comunidad, en terreno? ¿Se suspenden las comisiones y las reuniones de más de 10 personas y en espacios reducidos?
3. ¿Qué medidas se van a implementar para los compañeros que atienden público en los CAC y en las distintas oficinas?
4. ¿Qué medidas especiales se están adoptando para proteger la vida de los compañeros con enfermedades respiratorias de base, autoinmunes, o discapacidad, y adultos mayores, que hacen parte de los grupos con mayor vulnerabilidad y riesgo? ¿Se cuenta con un registro actualizado de ellos según patologías?
5. ¿Qué medidas se están adoptando para garantizar la seguridad en salud de los compañeros que permanecen en oficina, sin que existan las distancias entre ellos requeridas para evitar el contagio, es decir, en condiciones de relativo hacimiento?»
En esa mismo derecho de petición, se solicitó adoptar medidas estructurales y paliativas. Ver completo haciendo click aquí: Comunicación No 1 al Defensor del Pueblo de Colombia sobre covid-19, SINDHEP, 12 marzo 2020
En la comunicación No. 2 de SINDHEP, fechada el domingo 15 de Marzo de 2020, se afirmó lo siguiente:
«En contraste con las medidas establecidas por el Gobierno Nacional, la Rama Judicial y los Entes Territoriales, el Sindicato de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo – SINDHEP advierte con gran preocupación la ausencia medidas de contención por parte del nivel directivo de la Defensoría del Pueblo ante la grave crisis social y de salud pública que afronta el territorio colombiano, presentándose una gran contradicción con las declaraciones públicas emitidas por el Señor Defensor del Pueblo, pues en diferentes medios de comunicación ha recomendado el cumplimiento efectivo de las recomendaciones en salud definidas por los organismos internacionales y autoridades públicas colombianas.»
Así mismo, además de reiterar varias de las solicitudes ya realizadas, se agregaron otras más. En particular, SINDHEP exigió adoptar «medidas inmediatas que permitan el trabajo en casa para la mayor parte de los trabajadores y las trabajadoras de la Defensoría del Pueblo». Para leer la comunicación en su totalidad, haga click aquí: Comunicación No 2 al Defensor del Pueblo de Colombia sobre covid-19, SINDHEP, 15 marzo 2020
En un tercer derecho de petición enviado el Jueves 19 de Marzo al señor Defensor del Pueblo, Carlos Alfonso Negret Mosquera, SINDHEP expresó que:
«A pesar que como Sindicato hemos remitido a su despacho dos derechos de petición para que se adopten medidas que permita a los servidores y servidoras públicas dar cumplimiento a sus funciones y actividades desde la casa, acudiendo a tecnologías de la información y las comunicaciones, minimizar las reuniones presenciales de grupo, conservatorios o eventos masivos y, en su lugar, acudir a canales virtuales cuando sea necesario; vemos con profunda preocupación que cuesta trabajo entender a su Admnistración las dimensiones de la pandemia y de los riesgos a que estamos expuestos.
Su insistencia en que en medio de la actual crisis nos traslademos a laborar a la entidad, para lo cual debemos en la mayoría de los casos hacer uso de los servicios de transporte público-masivos en los casos de las capitales, que como sabrá al lado de los aeropuertos son los mayores focos de propagación, por lo que obligan a los trabajadores y trabajadoras a mantener contactos sociales innecesarios, lo que contradice abiertamente las recomendaciones de distancia social definidas como estrategias adecuadas para evitar el escalamiento de los casos de infección y sus consecuencias personales y sociales.
Aun así, bajo las actuales disposiciones de la Defensoría del Pueblo persiste a través de la modalidad de turnos la presencia de personas en las sedes de la entidad que no requieren estar allí, con lo que las medidas adoptadas por la Administración resultan a todas luces insuficientes para proteger la salud de los trabajadores y sus familias, Ello se agrava de ser cierto que los directivos y regionales han convocado a sus equipos para la realización de labores extramurales el día viernes 20 de marzo, sin que se cuenten con instrumentos y equipamiento adecuado para evitar la adquisición y propagación del virus, sin que se tenga consideración de los factores personales que acrecientan la vulnerabilidad de los trabajadores y trabajadoras de la entidad y sus redes familiares y de apoyo, como la cohabitación con personas mayores de 65 años, el padecimiento de enfermedades crónicas (diabetes, hipertensión arterial), entre otros, y sin claridad sobre objetivos y propósitos de tales actividades extramurales desde una perspectiva de planificación razonada sobre la eficiencia de tales intervenciones, y sin enfoque de valoración de las políticas públicas de mitigación y supresión del COVID-19 basado en Derechos Humanos, , lo que es una grave improvisación que exacerba de manera contundente los riesgos a la salud pública, además de ir en contravía de las disposiciones de la OMS y del Ministerio de Salud, y de los objetivos propuestos por las autoridades locales a través de medidas de orden público destinadas a establecer la distancia social obligatoria para toda la población.»
Dicho derecho de petición concluyó con el siguiente llamado:
«Por tanto, dejamos constancia frente a situaciones lamentables que puedan ocurrir, en consideración a que las tareas que se proponen desplegar sus directivos con sus equipos humanos a cargo, NO son tareas de personal médico, socorro, abastecimiento o seguridad, y resulta innecesario e ineficaz exponer de ese modo a l@s trabajador@s al Coronavirus en actividades fuera de las sedes de la Entidad, recordando que en menos de ocho días son tres las comunicaciones en las que de manera respetuosa hemos solicitado y reiterado la adopción de todas las medidas necesarias, para proteger el derecho a la vida y la salud no solo de las personas trabajadoras, también de sus familias y entornos sociales.» Comunicación No 3 al Defensor del Pueblo de Colombia sobre covid-19, SINDHEP, 19 Marzo 2020
Finalmente, en comunicación fechada el 22 de Marzo de 2020, SINDHEP solicita que se apliquen medidas económicas para las personas que trabajan en la Defensoría frente a la situación de cuarentena nacional decretada para contener el COVID-19, el cual puede ser consultado haciendo click en el siguiente link: Comunicación No 4 al Defensor del Pueblo de Colombia sobre covid-19, SINDHEP, 22 Marzo 2020
La Defensoría del Pueblo debe seguir cumpliendo su función en defensa de los derechos humanos, para lo cual es necesario que los funcionarios y contratistas gocen de condiciones adecuadas y de protección especial frente al riesgo, pero además que la institución actúe como parte del Ministerio Público y de los Organismos de Control del Estado, guardando la independencia frente a las entidades gubernamentales. En suma, SINDHEP viene exigiendo que el Defensor del Pueblo, Carlos Alfonso Negret Mosquera, adopte decisiones responsables que prioricen la vida e integridad por encima del afán de protagonismo y de la obsesión premoderna de tener funcionarios vigilados y controlados en una oficina, al tiempo que se definan estrategias y acciones efectivas para materializar la misión constitucional de la institución.